La Asamblea General, válidamente constituida, es el órgano soberano de la Asociación y sus acuerdos adoptados con arreglo a los Estatutos y Reglamento, son obligatorios para todos sus miembros. La Asamblea General quedará válidamente constituida en primera convocatoria cuando asistan o estén representados en la misma, la mitad de los Asociados. Se constituirá en segunda convocatoria media hora después, cualquiera que sea el número de asistentes y representados y de votos de que dispongan. (ART. 18)
La Asamblea General está compuesta por todos y cada uno de los miembros de la Asociación, ya pertenezcan al Estamento1 o al Estamento 2. (ART. 19)
La Asamblea General se reunirá en sesión ordinaria una vez al año, dentro de los seis primeros meses de cada ejercicio y en extraordinaria, cuando lo solicite un treinta por ciento (30%) al menos de los miembros de la Asociación o por acuerdo de la Junta Directiva o del Presidente. (ART. 20)
La Presidencia de la Asamblea corresponde al Presidente de la Asociación, y en ausencia de éste a uno de los vicepresidentes; la secretaría de la Asamblea corresponderá al titular que lo sea de la Asociación. (ART. 22)
Si quiere puede consultar las actas de las Asambleas Generales de AIMC (solo asociados AIMC).