Desde la 1ª ola 2010 existe la posibilidad de incluir en los programas de tabulación y planificación de ODEC una agrupación de soportes que se comercializan de forma agrupada con dos posibles formas:
- Tarifa Única: Cuando sólo es posible la comercialización conjunta de todos los soportes que la componen.
- Tarifa Conjunta: Cuando es posible la comercialización conjunta de todos los soportes o individualizada de los soportes que la componen.